¿Qué trabajadores pertenecen al REM (Régimen Especial del Mar)?
En el Régimen especial del Mar (REM) se incluyen a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados, trabajadores por cuenta propia, técnicos o tripulantes de marina mercante, embarcaciones deportivas y de recreo, personas dedicadas a la extracción de productos del mar, acuicultura marítima o terrestre, buceadores extractores de recursos marinos y rederos/estibadores portuarios.
Requisitos para la jubilación de los trabajadores del mar
Jubilación anticipada por tener la condición de mutualista:
- Edad mínima: Los trabajadores pueden jubilarse a partir de los 55 años, o 60 en el caso de los estibadores portuarios.
- Cotización mínima: Deben tener derecho a obtener la pensión de jubilación de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de entrada en vigor del Régimen Especial del Mar (1-8-1970), con al menos 38 años de cotización.
- Porcentaje de reducción: Si se jubilan antes de la edad ordinaria de jubilación (65 años), el porcentaje de la base reguladora se reduce. La cuantía de la pensión se reduce en un 7% por cada año que falte para cumplir la edad de 65 años, en caso de cese voluntario o menos de 38 años de cotización. Si tienen 38 años o más de cotización, los porcentajes de reducción varían según los años cotizados, desde un 6,50% hasta un 6,00%.
Jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista:
- Edad mínima: Se otorga en los mismos términos y condiciones que en el Régimen General. No obstante, en el Régimen Especial del Mar únicamente pueden acceder a este tipo de jubilación los trabajadores por cuenta ajena.
- Cotización mínima: Deben cumplir con los requisitos de cotización establecidos en el Régimen General.
Otros requisitos generales:
- Tipo de trabajo: Los coeficientes reductores varían según la clase de embarcación, tipos de navegación y naturaleza del trabajo realizado en el mar.
- Cálculo de la base reguladora: Se calcula de manera similar al Régimen General, pero a los trabajadores por cuenta propia no se les integran las lagunas de cotización que aparezcan en el período considerado para el cálculo de la base reguladora.
- Período de reducción de la edad de jubilación: Se considera como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora.
Coeficientes reductores aplicables a la pensión de jubilación
Los coeficientes reductores aplicables a la pensión de jubilación en el Régimen Especial del Mar son los siguientes:
- Trabajos a bordo de buques de Marina Mercante: 0,40 a 0,20.
- Trabajos a bordo de embarcaciones de pesca: 0,40 a 0,15.
- Estibadores portuarios: 0,30.
- Mariscadores, percebeiros y recogedores de algas: 0,15.
- Rederas, neskatillas y empacadoras: 0,15.
- Buceadores profesionales: 0,15.
¿Cómo calcular la base reguladora de trabajadores del REM?
La base reguladora de los trabajadores del Régimen Especial del Mar (REM) se calcula de manera similar a como se hace en el Régimen General de la Seguridad Social, pero con algunas diferencias importantes. Aquí te detallo cómo se realiza el cálculo, junto con un ejemplo:
- Determinación del periodo de cotización a tener en cuenta: Se toma en cuenta el periodo de cotización del trabajador, es decir, el tiempo durante el cual ha estado dado de alta y ha cotizado a la Seguridad Social.
- Integración de las lagunas de cotización: En el caso de los trabajadores por cuenta propia, no se integran las lagunas de cotización que aparezcan en el periodo considerado para el cálculo de la base reguladora. Esto significa que no se tienen en cuenta los periodos en los que el trabajador no cotizó.
- Cálculo de la base reguladora: Una vez determinado el periodo de cotización, se calcula la base reguladora tomando en cuenta las bases de cotización del trabajador durante ese periodo. Se suman todas las bases de cotización y se dividen entre el número de meses que comprende el periodo de cotización. Es importante destacar que en el caso de los trabajadores por cuenta propia no se integran las lagunas de cotización.
Ejemplo de cálculo de la base reguladora:
Supongamos que un trabajador del REM ha cotizado durante 25 años consecutivos como estibador portuario y ha tenido las siguientes bases de cotización mensuales durante ese periodo:
- Primeros 10 años: 2000€ mensuales.
- Siguientes 10 años: 2500€ mensuales.
- Últimos 5 años: 3000€ mensuales.
- Total de meses cotizados: 25 años * 12 meses/año = 300 meses.
- Suma de las bases de cotización: (10 años * 12 meses/año * 2000€/mes) + (10 años * 12 meses/año * 2500€/mes) + (5 años * 12 meses/año * 3000€/mes) = 240000€ + 300000€ + 180000€ = 720000€.
- Base reguladora: 720000€ / 300 meses = 2400€/mes.
Entonces, la base reguladora mensual de este trabajador del REM sería de 2400€.
¿Qué documentación es requerida para aplicar los coeficientes reductores?
La documentación requerida depende del tipo de periodos cotizados y pueden incluir certificados laborales, historiales bancarios o informes médicos. En función del Fichero General de Afiliación (FGA), estos periodos deben incluir vacaciones, licencias retribuidas y bajas por enfermedad ya que mantienen la relación laboral con la empresa.
Además, si hay pruebas documentales que demuestren incumplimiento por parte del empresario respecto a sus obligaciones de afiliación y alta del trabajador, también se podrán reconocer otros periodos como válidos para el cálculo del coeficiente reductor.
¿Sirve la Libreta de Navegación como documento para aplicar los coeficientes reductores?
La Libreta de Navegación es un documento importante para aquellas personas que han trabajado en buques extranjeros. Esta libreta sirve como prueba de los periodos embarcados y, por lo tanto, puede ser utilizada para acreditar la antigüedad laboral necesaria para aplicar los coeficientes reductores de edad jubilatoria.
Aunque la Libreta de Navegación no es el principal documento probatorio, sí puede servir como suplementario si se cumplen ciertos requisitos establecidos por la legislación vigente desde 1970. Por ello, es importante que las personas interesadas en usarla conozcan cuáles son estos requisitos y qué información deben incluirse en este documento.
¿Cuánto cobra un trabajador del mar jubilado?
Actualmente, la cuantía media de la pensión para trabajadores del mar en España es de 1.326,97€ al mes.
Diferencias en la Jubilación respecto a trabajadores del Régimen General
¿Sabías que los trabajadores del mar tienen la oportunidad de jubilarse antes? Esto es gracias a los coeficientes reductores de edad de jubilación. Estos coeficientes permiten a los trabajadores del mar reducir su edad de jubilación en hasta 10 años respecto al Régimen General.
Para calcular el importe total de la pensión, se tendrá en cuenta el periodo rebajado por estos coeficientes como si hubiera sido cotizado. Esta ventaja significa que un trabajador del mar puede disfrutar sus beneficios más temprano y con mayor cantidad.
Sin embargo, hay requisitos para acceder a esta ventaja: debes haber cumplido con todos los requisitos legales necesarios para obtener tu pensión y haber cotizado durante un período determinado (dependiendo del régimen). Si cumples con todas las condiciones, entonces podrás optar por este beneficio adicional.
Referencias
- Trabajadores incluidos en el Régimen Especial del Mar: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10548/32840
- Documentación y base reguladora necesaria para la jubilación de los trabajadores del REM: https://revista.seg-social.es/-/la-jubilaci%C3%B3n-de-los-trabajadores-del-mar