Requisitos y Edad de Jubilación de la Policía Nacional
Los agentes de la policía nacional son personas que se encuentran en una situación de riesgo cada día. Por esto, tienen derecho a jubilarse antes que el resto de los funcionarios públicos. Esto significa que si han trabajado como policías durante 35 años y 10 meses, pueden jubilarse a los 60 años. Además, para optar a la jubilación deben cumplir con algunos requisitos especiales:
- Estado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cumplido la edad mínima y estar ejerciendo cualquier profesión (aunque no ya no trabaje para el cuerpo de policía).
A partir de 2027, la base de años cotizados se incrementará hasta 37 años cotizados como policía nacional.
¿Cómo se calcula la pensión de un Agente de la Policía Nacional?
Si quieres saber aproximadamente la cuantía de tu pensión si eres policía nacional puedes acceder al simulador de jubilación de la Seguridad Social, accediendo desde el enlace anterior. En este simulador deberás rellenar el formulario con todos los datos que te piden, desde tu fecha de nacimiento, fecha de retiro y su tipo, tu género, número de hijos y además el cuerpo o los cuerpos de seguridad del país donde has prestado servicio, así como la fecha en la que empezaste y en la que acabaste en cada puesto.
Una vez rellenado el formulario le debes hacer clic al botón de «Calcular pensión» y listo.
Jubilación de un Agente de Policía Nacional y Segunda Actividad
La Policía Nacional permite a sus miembros realizar una segunda actividad para aquellos que cumplan con los requisitos de edad. Si tienes al menos 60 años en escala superior, 56 años en escala ejecutiva y 55 años en escala básica y de subinspección puedes optar por esta opción. Esto significa que podrás trabajar para la policía pero tendrás un salario menor. Una vez hayas elegido esta opción permanecerás como reservista hasta que te jubiles o cambies tu situación laboral.
Jubilación por Incapacidad
Si eres un policía nacional y has sufrido alguna lesión o enfermedad que te impide seguir trabajando, entonces puedes solicitar la incapacidad permanente. Esta es una pensión especial para los policías que no está cubierta por la Seguridad Social. La Dirección General de Policía será la encargada de aprobarla y MUFACE (Mutualidad General de Funcionario Civiles del Estado) será quien la pague.
Hay dos tipos principales de incapacidades: parcial y total. La primera incluye cosas como Gran Invalidez o Lesiones Permanentes No Invalidantes, mientras que con el segundo también se incluyen las absolutas. Si tu caso cumple los requisitos, entonces podrás recibir esta ayuda para compensar el hecho de no poder trabajar como antes debido a tu lesión o enfermedad.
¿Cómo solicitar la jubilación por incapacidad siendo Policía Nacional?
Primero, tendrás que acudir al Tribunal Médico de la Policía Nacional para que evalúen si tus capacidades psicofísicas han sido afectadas negativamente y no puedes trabajar como normalmente. Si es así, te darán un documento para llevar a la Seguridad Social y pedir la solicitud de incapacidad. Una vez hecho esto, solo tienes que esperar a ver si tu solicitud ha sido aceptada o no.
Referencias
- Base de años cotizados para la jubilación de policías nacionales: https://www.noticiastrabajo.es/prestaciones/pensiones/tabla-de-jubilacion-por-anos-cotizados
- Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242