¿Qué es la Industria Manufacturera?
La industria manufacturera es una parte importante de la economía mundial. Se refiere a la producción de bienes y productos mediante el uso de maquinaria, equipamiento y materiales. Esta industria incluye un amplio rango de actividades desde la fabricación hasta el ensamblaje, pasando por procesos como cortar, moldear, soldar y mecanizar.
Los principales sectores que componen esta industria son los siguientes: metalúrgica (incluyendo herramientas), alimenticia (comida enlatada o congelada), textil (ropa hecha a mano o máquina) e industrial (productos químicos). Estas empresas utilizan diversas técnicas para crear sus productos finales; entre ellas se encuentran el trabajo manual, las máquinas automatizadas y los robots programables.
Esta industria genera muchísimos puestos laborales directamente relacionados con su producción; además contribuyen significativamente al PIB nacional debido a su enorme capacidad para generar ingresos en forma de impuestos. La manufactura también tiene un impacto positivo sobre otros sectores económicos ya que permite acceder a materias primas baratas para fabricar productos terminados vendibles en todo el mundo.
Requisitos para la jubilación parcial anticipada en la industria manufacturera
Hay algunos requisitos importantes que deben cumplirse para poder acceder a esta modalidad de jubilación:
- Para comenzar, el trabajador interesado debe jubilarse parcialmente antes del 1 de enero de 2023 y realizar tareas que requieran esfuerzo físico relacionadas con la fabricación, montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento o reparación de maquinaria y equipo industrial dentro del grupo C.
- Además, el trabajador tiene que contar con una antigüedad mínima en la empresa de seis años y reducir su jornada entre un 35% y un 67%, o hasta un 80% si se contrata a tiempo completo con contrato indefinido.
- Otro elemento clave es que existe un 65% correspondencia entre las bases cotizatorias del relevista y el promedio calculado sobre los últimos 6 meses previos al momento de solicitud para calcular la base reguladora pensión correspondiente a dicha jubilación parcial.
- Por último pero no menos importante: La empresa donde laboraba el trabajador interesado tendrá que contar con porcentajes superiores al 70% respectivamente cuando sea presentada dicha solicitud.
Obligaciones del trabajador relevista:
- Primero, debes ser inscrito como demandante de empleo en la oficina del SEPE o vinculado a una empresa con un contrato de duración determinada.
- Haber firmado un contrato de relevo con la empresa.
- Deberás realizar una jornada mínima complementaria con la del trabajador que se jubila de forma parcial o en su defecto completa.
- Mantener una base de cotización mínima del 65% respecto a la del trabajador que se ha retirado acogiéndose a la jubilación parcial.
Compromiso de la empresa:
- La empresa se debe comprometer al mantenimiento del trabajador relevista en plantilla con su contrato de relevo indefinido/temporal hasta que el trabajador retirado parcialmente haya cumplido la edad para acogerse a la modalidad de jubilación ordinaria.
- Sustituir al trabajador relevista con un plazo de 15 días naturales en el caso de que este cese su actividad independientemente del motivo del cese.
- La empresa se compromete a cotizar por el trabajador jubilado de forma parcial en base a la retribución real.
- La empresa tendrá que devolver la cuantía de la pensión pagada al jubilado si se diese el caso de que alguno de estos requisitos se incumpla.
¿Cuándo es incompatible la jubilación parcial en la industria manufacturera?
Hay situaciones en las que está prohibida la jubilación parcial y son las siguientes:
- En primer lugar, si desempeñas un puesto de trabajo a tiempo completo en otra empresa no podrás acogerte a la jubilación parcial. Esto significa que debes elegir entre tu antiguo empleador y tu nuevo empleador si deseas seguir cobrando pensiones por parte del primero.
- Además, si incrementas tu jornada laboral en el mismo lugar donde has solicitado la pensión por parte de tu antigua empresa ya no serás elegible para recibirla.
- Por último, tampoco puedes acogerte a ella si percibes pensiones por incapacidad o por haberte retirado previamente del trabajo (jubilarte).
Ley sobre la jubilación parcial
La jubilación parcial es una opción para aquellos trabajadores que quieren reducir su tiempo de trabajo y recibir una pensión. Está regulada por el artículo 215 de la Ley General de Seguridad Social, lo que significa que hay dos tipos principales: Jubilación Parcial Anticipada y Jubilación Parcial Ordinaria.
- Jubilación Parcial Anticipada: Esta opción le permite al profesional adelantar su edad de jubilación sin penalizaciones. Puede compatibilizar parte del trabajo con parte de jornadas reducidas, mientras cobra una pensión. Es necesario firmar un contrato relevo para aprovechar estas ventajas. Los requisitos generales son haber cumplido 65 años (66 si se han cotizado menos periodos) y contar con los periodos mínimos exigidos para obtener derecho a pensión contributiva.
- Jubilación Parcial Ordinaria: En este caso el trabajador ya ha alcanzado la edad ordinaria de jubilarse pero puede mantener su puesto laboral y cobrar su pensión sin necesidad de firmar ningún contrato relevo. La reducción de salario oscila entre 25% – 50%, dependiendo del acuerdo entre empresario y trabajador.
Hay que señalar que el RD 20/2018 ha extendido estas reglas especiales hasta el 1 de enero de 2023 para aquellos empleados clasificados en el grupo C del CNAE 2009. Esta ley también garantiza que los discapacitados tengan acceso a la jubilación parcial, permitiéndoles retirarse anticipadamente sin perder sus derechos laborales ni pensionarios.
¿Qué base de cotización de exige para la jubilación parcial?
Debes tener al menos 33 años de base de cotización sin contabilizar las pagas extra correspondientes. Esta cantidad se reduce si eres una persona con discapacidad igual o superior al 33%, ya que entonces solo necesitarás 25 años de cotizaciones.
Referencias
- Concepto de industria manufacturera: https://concepto.de/industria-manufacturera
- Jubilación parcial. Industria manufacturera. Aplicación de la normativa anterior a la Ley 27/2011, de 1 de agosto para hechos causantes de 8-12-2018 a 31-12-2022: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/af817f95-e115-4afb-bc9e-909a9140d425
- Real Decreto Ley 20/2018: https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/08/pdfs/BOE-A-2018-16791.pdf