¿Te pueden denegar la pensión de jubilación?

La pensión de jubilación es un derecho que tiene todo trabajador que cumple una serie de requisitos establecidos por ley. Sin embargo, te la pueden denegar y existen varios aspectos por los que se puede denegar esta prestación. Veamos cuáles son las causas.

Causas por las que te pueden negar la jubilación

Denegación por baja cotización a la Seguridad Social

El principal motivo por el cual se puede denegar la pensión de Jubilación es por no haber cotizado durante un periodo mínimo de tiempo. En España, este requisito es de 15 años inmediatos anteriores a la solicitud. Si no se cumplen estas condiciones, el trabajador no podrá cobrar la prestación.

Denegación por edad

Cuando una persona cumple los requisitos para jubilarse, generalmente espera recibir la notificación de que está habilitada para pensionarse. Sin embargo, hay ocasiones en las que se puede recibir una denegación de la jubilación. La edad puede ser uno de los motivos por el cual se rechaza la solicitud.

En el caso de las mujeres, normalmente se tiene en cuenta que alcanzan la edad de jubilación a los 65 años. Sin embargo, si se solicita la pensión antes de esa edad, es posible que se le conceda provisionalmente, pero con una reducción importante en el importe de la misma. Por ejemplo, si se pide la pensión a los 60 años, se le podría otorgar el 60% de lo que le correspondería si hubiera esperado hasta los 65.

Por su parte, en el caso de los hombres, la edad de jubilación es de 67 años. Si se solicita antes de cumplirlos, también se recibirá una pensión provisional con una reducción proporcional al número de meses que falte para llegar a la edad legal.

En cualquier caso, si después de haber solicitado la pensión y recibido una respuesta negativa por parte del INSS, se considera que hay motivos suficientes para apelar dicha decisión, siempre existe la opción de acudir a un abogado laboralista especializado en este tipo de asuntos.

Denegación de jubilación a trabajadores autónomos

El trabajo autónomo tiene muchas ventajas, pero no todos los trabajadores pueden acceder a la jubilación. Según la legislación española, para poder cobrar la pensión de jubilación es necesario haber cotizado durante al menos 15 años. Sin embargo, esto no siempre es posible para quienes trabajan por cuenta propia, ya que el periodo de cotización se reduce a 10 años en caso de ser autónomo.

Esta limitación en el derecho a la jubilación para los trabajadores autónomos viene motivada por una desigualdad en el mercado laboral: los trabajadores por cuenta propia tienen una mayor vulnerabilidad frente a la contratación temporal o eventual y, por lo tanto, corren un mayor riesgo de quedarse sin empleo y sin derecho a prestaciones.

Por esta razón, si eres autónomo y quieres jubilarte, es importante que planifiques tu futuro laboral con antelación y comiences a cotizar lo antes posible. De esta forma podrás disfrutar de una pensión digna después de tantos años de trabajo.

¿Se puede reclamar la denegación de la pensión de jubilación?

Sí, se puede reclamar una denegación de jubilación a la Seguridad Social. La forma de proceder es presentando un escrito por la vía administrativa al INSS, en el que se explique el motivo por el cual se solicita la revisión de la decisión administrativa.

¿Cómo se reclama la denegación de la pensión a la Seguridad Social?

La Ley de Seguridad Social establece que si la administración notifica expresamente el rechazo de la solicitud de pensión de jubilación, el trabajador tiene 30 días laborables para presentar una reclamación ante el Instituto Nacional de Seguridad y Sociales (INSS).

Si en el último día del plazo de los 90 días no se ha recibido ninguna respuesta, se tiene el mismo derecho de reclamar luego de vencido el plazo de contestación, es decir, dispones de 30 días para presentarla.

Si además han transcurrido 45 días de presentar la reclamación, el INSS no ha emitido la nueva resolución a la reclamación se entiende que ha sido denegada.

¿Y en caso de reclamar la pensión por la vía judicial?

Si la respuesta de la vía administrativa no es favorable o hace caso omiso a tu reclamación, puedes recurrir al Juzgado de lo Social para presentar la demanda por la vía judicial y esta debe presentarse en el período de 30 días a contar desde que la reclamación fue rechazada por el INSS, en caso de que sea denegada por silencio administrativo (en caso de no recibir respuesta), el plazo aumenta hasta los 45 días.

Cuando se admite la demanda, la Seguridad Social debe presentar todos los documentos que corresponden al caso ante el juzgado y el juez decidirá en base a las pruebas de ambas partes si te conceden o no la pensión.

¿Te pueden suspender la pensión de jubilación?

Cuando una persona se jubila parcialmente, es decir, deja de trabajar a tiempo completo para pasar a trabajar a tiempo parcial, puede seguir recibiendo su pensión de jubilación. Sin embargo, si empieza a trabajar a tiempo parcial en otro empleo después de finalizar el contrato a tiempo parcial que compatibilizaba, perderá la protección por desempleo. Esto significa que no recibirá ni la pensión de jubilación ni la prestación por desempleo.

Referencias

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