Acuerdo de jubilación anticipada de vigilantes de seguridad

El Acuerdo/Convenio de jubilación anticipada para los vigilantes de seguridad en España es un tema que ha generado mucho interés entre la comunidad. Este ha sido creado para permitir a los trabajadores retirarse antes de lo previsto, con el fin de disfrutar plenamente del tiempo libre y descansar después de una vida laboral dura y exigente.

En este artículo explicaremos cómo funciona el acuerdo, cuáles son sus beneficios y qué requisitos hay que cumplir para acceder a él.

Supuestos especiales de jubilación contemplados en el convenio

El artículo 69 bis establece las condiciones para la jubilación obligatoria de una persona trabajadora. Si esta tiene 68 años o más, el contrato de trabajo se extinguirá por jubilación obligatoria, siempre y cuando la empresa contrate a una nueva persona trabajadora con carácter indefinido y a tiempo completo.

Si la persona contratada es una mujer y trabaja en actividades de seguridad privada, el límite de edad para la jubilación obligatoria será la edad ordinaria de jubilación fijada por la normativa de seguridad social en cada momento.

Es importante destacar que, en todo caso, el trabajador afectado por la extinción del contrato de trabajo deberá cumplir con los requisitos exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener derecho al cien por ciento de la pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva.

Además, si la empresa lo solicita, la persona afectada deberá facilitar un certificado de vida laboral expedido por el organismo competente con una antelación mínima de dos meses para verificar el cumplimiento de los requisitos.

Jubilación parcial de vigilantes de seguridad en 2023

El Artículo 69 de la legislación laboral establece que los trabajadores tienen derecho a acceder a la jubilación parcial cuando cumplen con la edad y requisitos requeridos. Además, la empresa puede contratar a un trabajador relevista a tiempo completo para cubrir las horas que el trabajador jubilado parcialmente no trabaje.

Los cambios más importantes del convenio

Los vigilantes de seguridad son una parte esencial del sistema de seguridad en nuestro país. Por ello, el convenio colectivo que regula sus condiciones laborales y derechos ha sido actualizado recientemente para reflejar los cambios sociales y tecnológicos.

  • Entre las principales novedades está el Artículo 8, que trata sobre la prevención del acoso moral y sexual en el lugar de trabajo.
  • Artículo 14, relacionado con la subrogación de servicios entre jubilados parciales y sus reservistas.
  • Artículo 23, referido a la uniformidad.
  • Artículo 43, que aborda los complementos por puesto de trabajo.
  • Artículo 52, relativo a la jornada laboral.
  • Artículo 53 sobre horas extra.
  • Nuevo artículo 57-bis dedicado a la desconexión digital durante los periodos vacacionales o festivos.
  • Nuevo artículo 69-bis destinado a regular las condiciones para acceder a la jubilación anticipada.

Cambios que aún no se han introducido en el convenio pero, se están estudiando

Aunque ya hay algunas novedades, todavía quedan importantes cuestiones pendientes por solucionar. Por ejemplo, ambas partes tienen intereses en encontrar soluciones que permitan mantener el empleo derivado del transporte de fondos, así como mejorar las condiciones económicas y laborales acordes con la profesión.

También se está buscando un nuevo enfoque global para la actividad de las empresas de sistemas y medidas de salud laboral para adaptar mejor a los trabajadores a sus puestos concretos.

Derechos y deberes laborales establecidos en el capítulo IV del convenio

El Capítulo IV del Convenio Colectivo establece los derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores, incluidos los vigilantes de seguridad. El Artículo 20 establece que la organización práctica del trabajo es facultad de la Dirección de la Empresa, pero los representantes de los trabajadores tienen funciones de información, orientación y propuesta en lo relacionado con la organización y racionalización del trabajo.

Además, el Artículo 18 establece la subrogación de los representantes de los trabajadores, lo que significa que los trabajadores tienen derecho a mantener sus condiciones laborales y derechos adquiridos en caso de cambio de empresa.

El Artículo 19 establece la política de estabilidad en el empleo, lo que significa que las empresas deben garantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores y evitar despidos injustificados.

El Capítulo V se refiere a la prevención de riesgos laborales, y el Artículo 25 establece la obligación de realizar reconocimientos médicos a los trabajadores. El Artículo 26 establece la obligación de garantizar la seguridad y salud en el trabajo.

Sistema de clasificación profesional según lo establecido en el capítulo VI

El Capítulo VI del Convenio Colectivo establece el sistema de clasificación profesional y promoción en el trabajo para los trabajadores de seguridad privada. Los artículos 27 a 32 establecen la clasificación general de los trabajadores en diferentes categorías, como personal directivo, titulado y técnico, personal administrativo y personal de mandos intermedios.

Estos artículos también establecen los requisitos y criterios para la promoción en el trabajo, así como las funciones y responsabilidades de cada categoría de trabajadores. Además, el artículo 28 establece que la clasificación general se basará en la formación, experiencia y habilidades de los trabajadores.

En cuanto a los derechos y deberes laborales, el Capítulo VI establece que los trabajadores tienen derecho a la promoción en el trabajo y a la formación continua para mejorar sus habilidades y conocimientos. También se establecen las obligaciones de los trabajadores en cuanto a la confidencialidad profesional y la uniformidad.

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Preguntas frecuentes

¿A qué edad puede se puede jubilar un vigilante de seguridad en 2023?

Hasta ahora, la edad de jubilación para los vigilantes de seguridad era igual que para el resto de los trabajadores, es decir, a los 65 años pero con este nuevo acuerdo de jubilación anticipada en concreto para los vigilantes de seguridad, ahora puedes jubilarte a la edad de 60 años.

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